Calendario de recepción autorizado para el Ejercicio Fiscal
A fin de que las solicitudes de:
– Constancias de Antigüedad Laboral
– Licencias Laborales
– Pensiones por Jubilación
– Pensiones por Vejez
– Pensiones por Invalidez
– Complemento Nominal a la pensión por vejez
Trámites que se derivan de los periodos laborados , continúan siendo recepcionadas a través de la Unidad de Apoyo Administrativo o equivalente y enviadas a través de éstos a la Coordinación General de Recursos Humanos de la Secretaría de Hacienda de acuerdo las siguientes distribuciones*.
En relación a las Constancias de antigüedad Laboral, se recepcionarán únicamente aquellas solicitudes que tengan como finalidad el trámite de la pensión en cualquiera de sus modalidades, estímulo de 20 años de servicio, movimiento escalafonario, actualización del sistema de nóminas para autorización de vacaciones, cobro de seguros y ordenadas por Laudo.
Para la atención de los trámites citados, se ponen a disposición los formatos autorizados que podrán ser descargados a través de la página oficial de la SECRETARÍA DE HACIENDA (haciendachiapas.gob.mx), en el apartado Trámites y servicios – LINK.
En cuyos formatos podrán conocer de forma detallada cada uno de los requisitos para cada trámite individual.
Para Mayor información respecto a los trámites de pensiones, pago de marcha y funeral, comunicarse al departamento de Jubilaciones y Pensiones, al número 961 69 123 24.
Para los trámites de Constancia de antigüedad y licencias laborales , comunicarse al departamento de Trámites Laborales, al número 961 118 37 31.
* Distribución de fechas
Nota: Podrán habilitarse días no considerados en el presente, únicamente en aquellos casos en que el derecho del beneficiario fenezca con fecha posterior a la recepción y no coincida con una fecha próxima para su entrega; en todos los demás casos deberán ajustarse al calendario para su entrega oficial.
Nota: En relación a las Constancias de antigüedad Laboral, se recepcionarán únicamente aquellas solicitudes que tengan como finalidad el trámite de la pensión en cualquiera de sus modalidades, estímulo de 20 años de servicio, movimiento escalafonario, actualización del sistema de nóminas para autorización de vacaciones, cobro de seguros y ordenadas por Laudo.
Respecto al trámite de Licencias laborales es importante precisar que el trabajador que solicite una Licencia, tiene la obligación de continuar con su desempeño de sus labores hasta el día que reciba la notificación oficial, en la que se concede dicha licencia, la separación anticipada del trabajador lo hará acreedor a la aplicación de las sanciones respectivas.
Nota: Para la entrega de solicitudes de PAGO DE COMPLEMENTO NOMINAL A LA PENSION POR VEJEZ, PODRÁN HABILITARSE DÍAS NO CONSIDERADOS EN EL PRESENTE, ÚNICAMENTE AQUELLOS CASOS EN QUE EL DERECHO DEL BENEFICIARIO FENEZCA CON FECHA POSTERIOR A LA RECEPCIÓN Y NO COINCIDA CON UNA PRÓXIMA FECHA PARA SU ENTREGA; EN TODOS LOS DEMÁS CASOS DENERÁN AJUSTARSE AL CALENDARIO PARA SU ENTREGA OFICIAL.
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