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En la selección de las personas representantes de la sociedad civil, se ponderará en el proceso de selección el respaldo de candidaturas por parte de organizaciones de la sociedad civil que trabajen a nivel estatal o que tengan el respaldo de redes, así como de instituciones académicas con trabajo a nivel estatal en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.
En términos de lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la Ley, las personas que tengan la intención de formar parte integrante del Sipinna Chiapas como representantes de la sociedad civil, deben:
Las propuestas de las instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil que presenten candidaturas deben ser formuladas por escrito, en un solo documento, dirigido a la persona titular de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en no más de tres cuartillas y en los siguientes términos:
*El ingreso de la empresa está determinado por la declaración anual.
La presente convocatoria será publicada en la página de internet:
Las propuestas se recibirán en modalidad virtual, con base en lo siguiente:
-Los documentos señalados en el numeral 3.3 deberán ser enviados a través del correo
electrónico sipinnachiapas16@gmail.com, dirigido a la persona titular de la Secretaría
Ejecutiva.
– Se deberá incluir toda la documentación en formato PDF;
– En ningún caso se otorgarán prorroga.
Las propuestas deben ser enviadas a partir del día siguiente de su publicación y se contará con 20 días naturales para la recepción de las mismas.
La selección de las dos personas representantes de la sociedad civil que formarán parte integrante del Sipinna Chiapas, se realizará conforme a lo siguiente:
De conformidad con los artículos 16 al 19 del Reglamento de la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, el procedimiento constará de tres etapas consecutivas que respaldarán la selección de las dos personas representantes de la sociedad civil que formarán parte integrante del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, conforme a lo siguiente:
A. Etapa de Verificación.
Será llevada a cabo por la Secretaría Ejecutiva, que verificará que se envíe la documentación completa de acuerdo a la Base Tercera.
Las candidaturas que hayan sido recibidas en los términos señalados serán turnadas a la siguiente etapa.
Las candidaturas que no hayan sido recibidas en los términos señalados en la presente convocatoria serán descartadas en esta primera etapa.
B. Etapa de Pre Selección.
Conforme al art. 16 del Reglamento de la Ley Párrafo V, la Secretaría Ejecutiva una vez que reciba la documentación e integre la lista de participantes, realizará la evaluación de las personas candidatas, así mismo en cumplimiento al art. 17 Párrafo III del referido reglamento la Secretaría Ejecutiva deberá considerar que en el Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes haya una representación plural y diversa de la sociedad civil, de tal forma que abarque las distintas temáticas relacionadas con los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Asimismo, debe procurar respetar el principio de equidad de género al momento de formular sus propuestas.
La Secretaria Ejecutiva en cumplimiento del art. 17 del Reglamento de la Ley, dentro de los 30 días naturales siguientes al cierre de la convocatoria, publicará en la página de internet: http://www.sggchiapas.gob.mx/sipinnachiapas/ y a través de la cuenta Facebook
https://www.facebook.com/Sipinna-Chiapas-Secretar%C3%ADa-Ejecutiva-104583367967960/, la lista de las personas inscritas que cumplen con los requisitos previstos en el Reglamento de la Ley y en la
convocatoria.
C. Etapa de elección por parte de los miembros del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
De acuerdo a lo señalado al párrafo segundo del art. 17, la Secretaría Ejecutiva enviará las
candidaturas a los miembros integrantes del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para la elección de dos personas representantes de la sociedad civil dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación de la lista a que se refiere el apartado anterior.
En cumplimiento al art. 19 del Reglamento de la Ley los integrantes del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, dentro de los veinte días naturales siguientes a que hayan recibido la propuesta de candidatos por parte de la Secretaría Ejecutiva, elegirán por mayoría de votos a las dos personas representantes de la sociedad civil.
Una vez concluido el procedimiento referido en el párrafo anterior la Secretaría Ejecutiva, dentro de los diez días hábiles posteriores a la elección realizada por los miembros del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, notificará a las personas seleccionadas.
La Secretaría Ejecutiva solicitará manifiesten por escrito su aceptación para formar parte del Sipinna Chiapas en calidad de integrante representante de la Sociedad Civil; la cual deberán enviar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la solicitud.
En caso de no realizarse dentro dicho plazo, se entenderá que la persona rechazó formar parte del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
En caso de que alguna persona seleccionada decida no aceptar su nombramiento, la Secretaría Ejecutiva enviará a los miembros del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niñas y Adolescentes otra propuesta, en los términos que determine la propia Secretaría Ejecutiva.
La Secretaría Ejecutiva dará cuenta a las y los integrantes del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, sobre la integración final del bloque de los representantes de la sociedad civil que serán integrantes del Sipinna Chiapas
En caso de que no se presentaran suficientes propuestas o que las presentadas no cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, la Secretaría Ejecutiva emitirá una nueva convocatoria hasta obtener las candidaturas necesarias para presentar a los miembros integrantes del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Los resultados de la elección se darán a conocer en la página de internet:
http://www.sggchiapas.gob.mx/sipinnachiapas/
y a través de la cuenta Facebook
https://www.facebook.com/Sipinna-Chiapas-Secretar%C3%ADa-Ejecutiva-104583367967960/
En caso que se descubriera de forma superveniente que cualquiera de las dos personas como representantes de la sociedad civil que formarán parte del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, aportó datos falsos o que no cumple con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, la Secretaría Ejecutiva deberá anular la elección de dicha persona o personas en términos de la normativa aplicable y presentar otra candidatura a quienes integran el Sipinna Chiapas para su elección correspondiente.
Los datos personales recabados en el marco de la presente convocatoria deberán ser resguardados en términos de la legislación en materia de transparencia, protección de datos personales y acceso a la información pública.
La interpretación de la presente convocatoria corresponde a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como la resolución de cualquier asunto no previsto en ella.
Dada en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a 01 de junio de 2022.
Marisol Gómez Hernández, Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna Chiapas).- Rúbrica.
Contacto:
Mail: atencion-empresarial@economiaytrabajo.chiapas.gob.mx.
Teléfono: 800 326 6244.
Chat online.
Horario de atención: Lunes a viernes de 09:00 – 16:00 horas.
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