CONVOCATORIA

PARA LA SELECCIÓN DE DOS PERSONAS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL

PARA SER INTEGRANTES DEL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES (SIPINNA CHIAPAS)

BASES

1.- OBJETIVO:
El objetivo de la presente convocatoria es establecer las bases para el proceso de selección de dos personas representantes de la sociedad civil para que formen parte integrante del Sipinna Chiapas.
2. PARTICIPANTES
La presente convocatoria está dirigida a instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil para postular especialistas en la promoción y defensa de los derechos humanos, con experiencia relacionada al trabajo con niñas, niños y adolescentes.
3. CANDIDATURAS
3.1. REQUISITOS

En la selección de las personas representantes de la sociedad civil, se ponderará en el proceso de selección el respaldo de candidaturas por parte de organizaciones de la sociedad civil que trabajen a nivel estatal o que tengan el respaldo de redes, así como de instituciones académicas con trabajo a nivel estatal en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.

En términos de lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la Ley, las personas que tengan la intención de formar parte integrante del Sipinna Chiapas como representantes de la sociedad civil, deben:

  1. Tener residencia permanente en la Entidad;
  2. No haber sido condenado por la comisión de un delito doloso en el que el sujeto pasivo o víctima del mismo haya sido una niña, niño o adolescente;
  3. Experiencia mínima de cinco años comprobada en la defensa o promoción de los derechos de la infancia o derechos humanos, y
  4. No haber ocupado cargo público, ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político por lo menos dos años antes de su postulación.
3.2. PERFIL DE LAS CANDIDATURAS
Las personas que tengan la intención de ser consideradas como candidatas para ser representantes de la sociedad civil en el Sipinna Chiapas deberán tener:
  1. Como mínimo, título profesional con nivel licenciatura en alguna de las siguientes áreas: Pedagogía, Educación, Gestión Cultural, Psicología, Etnología, Antropología Social, Derecho, Sociología, Comunicación o área afines;
  2. Conocimientos en temas relacionados con derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el Sistema Jurídico Mexicano, Administración Pública Estatal o Políticas Públicas;
  3. La experiencia profesional demostrable de al menos cinco años en uno o varios de los siguientes campos:
    1. En participación en redes u organizaciones de la sociedad civil vinculadas al trabajo con niñez y adolescencia desde la perspectiva de derechos humanos;
    2. En elaboración de investigaciones, artículos o publicaciones vinculadas al trabajo con niñez y adolescencia desde la perspectiva de derechos humanos, o
    3. Como expositor o expositora en foros o congresos internacionales, nacionales, estatales y/o consultorías.
3.3 DOCUMENTACION
    1. LA PROPUESTA

Las propuestas de las instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil que presenten candidaturas deben ser formuladas por escrito, en un solo documento, dirigido a la persona titular de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en no más de tres cuartillas y en los siguientes términos:

    1. Deberán presentarse de manera individual por persona postulada;
    2. Señalar, en su caso, denominación o razón social, misión, visión, objetivos, interés en la materia, así como una exposición breve en el que se resalte el trabajo desarrollado por la institución académica u organización de la sociedad civil que envía la candidatura;
    3. Nombre completo de la persona postulada como candidata;
    4. Exposición de motivos que respalden o justifiquen la postulación de la persona candidata y que
      explique qué aportaría dicha persona en los trabajos del Sipinna Chiapas y en la relación del mismo con la sociedad civil;
    5. Contar con la firma autógrafa de la persona que suscribe en representación de la institución u organización de la sociedad civil que postula, manifestando bajo protesta de decir verdad que cuenta con la representación legal vigente, indicando: número y fecha del instrumento notarial.
  1. Los anexos

*El ingreso de la empresa está determinado por la declaración anual.

4. Recepción de Propuestas
4.1 Emisión de la convocatoria y modalidad de recepción de documentación:

La presente convocatoria será publicada en la página de internet:

Las propuestas se recibirán en modalidad virtual, con base en lo siguiente:

-Los documentos señalados en el numeral 3.3 deberán ser enviados a través del correo
electrónico sipinnachiapas16@gmail.com, dirigido a la persona titular de la Secretaría
Ejecutiva.
– Se deberá incluir toda la documentación en formato PDF;
– En ningún caso se otorgarán prorroga.

4.2. Plazos para la recepción de las candidaturas:

Las propuestas deben ser enviadas a partir del día siguiente de su publicación y se contará con 20 días naturales para la recepción de las mismas.

5. Criterios y el Procedimiento de Selección

La selección de las dos personas representantes de la sociedad civil que formarán parte integrante del Sipinna Chiapas, se realizará conforme a lo siguiente:

5.1. Etapas:

De conformidad con los artículos 16 al 19 del Reglamento de la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, el procedimiento constará de tres etapas consecutivas que respaldarán la selección de las dos personas representantes de la sociedad civil que formarán parte integrante del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, conforme a lo siguiente:

A. Etapa de Verificación.

Será llevada a cabo por la Secretaría Ejecutiva, que verificará que se envíe la documentación completa de acuerdo a la Base Tercera.
Las candidaturas que hayan sido recibidas en los términos señalados serán turnadas a la siguiente etapa.
Las candidaturas que no hayan sido recibidas en los términos señalados en la presente convocatoria serán descartadas en esta primera etapa.

B. Etapa de Pre Selección.

Conforme al art. 16 del Reglamento de la Ley Párrafo V, la Secretaría Ejecutiva una vez que reciba la documentación e integre la lista de participantes, realizará la evaluación de las personas candidatas, así mismo en cumplimiento al art. 17 Párrafo III del referido reglamento la Secretaría Ejecutiva deberá considerar que en el Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes haya una representación plural y diversa de la sociedad civil, de tal forma que abarque las distintas temáticas relacionadas con los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Asimismo, debe procurar respetar el principio de equidad de género al momento de formular sus propuestas.

La Secretaria Ejecutiva en cumplimiento del art. 17 del Reglamento de la Ley, dentro de los 30 días naturales siguientes al cierre de la convocatoria, publicará en la página de internet: http://www.sggchiapas.gob.mx/sipinnachiapas/ y a través de la cuenta Facebook
https://www.facebook.com/Sipinna-Chiapas-Secretar%C3%ADa-Ejecutiva-104583367967960/, la lista de las personas inscritas que cumplen con los requisitos previstos en el Reglamento de la Ley y en la
convocatoria.

C. Etapa de elección por parte de los miembros del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
De acuerdo a lo señalado al párrafo segundo del art. 17, la Secretaría Ejecutiva enviará las
candidaturas a los miembros integrantes del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para la elección de dos personas  representantes de la sociedad civil dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación de la lista a que se refiere el apartado anterior.
En cumplimiento al art. 19 del Reglamento de la Ley los integrantes del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, dentro de los veinte días naturales siguientes a que hayan recibido la propuesta de candidatos por parte de la Secretaría Ejecutiva, elegirán por mayoría de votos a las dos personas representantes de la sociedad civil.

Una vez concluido el procedimiento referido en el párrafo anterior la Secretaría Ejecutiva, dentro de los diez días hábiles posteriores a la elección realizada por los miembros del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, notificará a las personas seleccionadas.

La Secretaría Ejecutiva solicitará manifiesten por escrito su aceptación para formar parte del Sipinna Chiapas en calidad de integrante representante de la Sociedad Civil; la cual deberán enviar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la solicitud.

En caso de no realizarse dentro dicho plazo, se entenderá que la persona rechazó formar parte del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

En caso de que alguna persona seleccionada decida no aceptar su nombramiento, la Secretaría Ejecutiva enviará a los miembros del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niñas y Adolescentes otra propuesta, en los términos que determine la propia Secretaría Ejecutiva.

La Secretaría Ejecutiva dará cuenta a las y los integrantes del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, sobre la integración final del bloque de los representantes de la sociedad civil que serán integrantes del Sipinna Chiapas

6. Supuestos para la Emisión de Nueva Convocatoria

En caso de que no se presentaran suficientes propuestas o que las presentadas no cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, la Secretaría Ejecutiva emitirá una nueva convocatoria hasta obtener las candidaturas necesarias para presentar a los miembros integrantes del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

7. Resultados

Los resultados de la elección se darán a conocer en la página de internet:

http://www.sggchiapas.gob.mx/sipinnachiapas/

y a través de la cuenta Facebook

https://www.facebook.com/Sipinna-Chiapas-Secretar%C3%ADa-Ejecutiva-104583367967960/

8. Supuestos de Anulación

En caso que se descubriera de forma superveniente que cualquiera de las dos personas como representantes de la sociedad civil que formarán parte del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, aportó datos falsos o que no cumple con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, la Secretaría Ejecutiva deberá anular la elección de dicha persona o personas en términos de la normativa aplicable y presentar otra candidatura a quienes integran el Sipinna Chiapas para su elección correspondiente.

9. Transparencia

Los datos personales recabados en el marco de la presente convocatoria deberán ser resguardados en términos de la legislación en materia de transparencia, protección de datos personales y acceso a la información pública.

10. Interpretación

La interpretación de la presente convocatoria corresponde a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como la resolución de cualquier asunto no previsto en ella.


Dada en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a 01 de junio de 2022.

Marisol Gómez Hernández, Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna Chiapas).- Rúbrica.

MAYORES INFORMES:

Secretaría de Economía y del Trabajo

Boulevard Andrés Serra Rojas, No. 1090. Col. Paso Limón. C.P. 29049 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas Nivel 15 de la torre, Chiapas.

Subsecretaría de Comercio. Dirección de Atención y Servicios Empresariales.

Contacto:    

Mail: atencion-empresarial@economiaytrabajo.chiapas.gob.mx.

Teléfono: 800 326 6244.

Chat online.

Horario de atención: Lunes a viernes de 09:00 – 16:00 horas.