Somos un Órgano Administrativo adscrito a la Subsecretaría del Servicio Nacional de Empleo Chiapas, dependiente de la Secretaría de Economía y del Trabajo, con atribuciones encaminadas a garantizar el respeto de los derechos humanos laborales, a través de la vigilancia de la aplicación de la normativa laboral en los centros de trabajo, protegiendo con ello a las y los trabajadores, los grupos vulnerables, el trabajo de adolescentes en edad permitida y coadyuvando en la prevención y erradicación del trabajo infantil.
Acto de la Autoridad del Trabajo competente realiza mediante la vigilancia del cumplimiento a la Legislación Laboral, donde asiste y asesora a los Trabajadores y Patrones en el cumplimiento de la misma, su desahogo es de manera presencial en el Centro de Trabajo, a través de los Servidores Públicos facultados y autorizados para ello.
Ordinaria: Son aquellas que se realizan con previo citatorio el cual deberá entregar por lo menos con veinticuatro horas de anticipación a la fecha en que se realizará, en el que se especificará en nombre del Patrón, domicilio del Centro del Trabajo, día y hora en que se practicará la diligencia, el tipo de inspección, número y fecha de la Orden de inspección correspondiente.
Iniciales: Las que se realizan por primera vez a los Centros de Trabajo, o por ampliación o modificación de éstos.
Periódicas: Las que se efectúan con intervalos de doce meses, plazo que podrá disminuirse; tomando en consideración la naturaleza de las actividades que realicen, número de trabajadores y ubicación geográfica.
Extraordinaria: Son aquellas inspecciones practicadas sin que medie citatorio previo, se llevan a cabo a fin de satisfacer su objetivo primordial de detectar en forma inmediata la situación que prevalece en el Centro de Trabajo inspeccionado.
Cuando se tenga conocimiento o bien. Cuando se reciban quejas o denuncias por cualquier medio o forma de posibles violaciones a la Legislación Laboral.
Se enteren por cualquier conducto de probables incumplimientos a las Normas de Trabajo.
Al revisar la documentación presentada para cualquier efecto, se percaten de posibles irregularidades imputables al patrón o de que este se condujo con falsedad.
Se tengan conocimiento de accidentes o siniestros ocurridos en los Centros de Trabajo.
Se verifique que los Centros de Trabajo hayan suspendido sus labores, con motivo de una declaratoria de emergencia o contingencia sanitaria emitida por la autoridad correspondiente.
Cuando el Servicio de Administración Tributaria, solicite vigilar y exigir el cumplimiento por parte del contribuyente del Reparto de Utilidades por pagar.
La PRODET es la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, somos un área de la Dirección del Trabajo y Previsión Social, nuestra misión es la protección de los derechos de las personas trabajadoras ante la autoridad laboral, mediante los servicios de orientación, asesoría, mediación y representación legal.
En la PRODET atendemos a las personas trabajadoras y a sus sindicatos, así como a los beneficiarios.
La Procuraduría de la Defensa del Trabajo tiene las funciones siguientes:
No, los servicios de la PRODET son totalmente gratuitos.
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