- Un monto de $1,200.00 (Mil doscientos pesos 00/100 M.N.) una vez que la OSNE de destino confirme a la de origen el arribo del Solicitante de empleo canalizado con el Empleador. Este apoyo será entregado por la OSNE de la Entidad federativa de residencia, y
- Un monto de $600.00 (Seiscientos pesos 00/100 M.N.) cuando el Beneficiario retorne a su lugar de residencia, siempre y cuando lo haya enviado la OSNE del lugar de su residencia y cumplido con los términos de contratación. Este apoyo se otorgará por la OSNE de la Entidad Federativa de destino.
Los apoyos descritos se otorgarán por única vez durante el ejercicio fiscal.
Excepcionalmente, se apoyará el retorno con un monto de $600.00 (Seiscientos pesos 00/100 M.N.) a los jornaleros agrícolas que retornen a su lugar de origen y que fueron vinculados en el ejercicio fiscal anterior.
Requisitos de participación:
- Beneficiarios
I. Ser Solicitante de empleo
II. Edad 18 años o más
III. Autorizar de manera expresa el tratamiento de sus Datos personales.
Documentación
I. Identificación oficial;
II. CURP;
III. Comprobante de domicilio,
NOTA: Se deberán presentar en original y copia legible, y una vez cotejado el contenido, se devolverán los originales.
Formato a requisitar: SNE -01 Registro Solicitante - Tamaño: 819 KB - Formato: PDF –
Fundamento Legal:
ACUERDO mediante el cual se establecen las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo, para el ejercicio fiscal 2019. Publicados en la segunda sección del Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2019.
Recomendaciones: (información adicional) Ninguna.